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Sanidad prorroga en Tarancón las medidas especiales nivel II durante 14 días más por la evolución epidemiológica del Covid-19

Sanidad prorroga en Tarancón las medidas especiales nivel II durante 14 días más por la evolución epidemiológica del Covid-19

Así se ha dado a conocer a través de una resolución emitida con fecha de hoy 15 de octubre de 2020, por la Delegación Provincial de Sanidad, según la cual el informe emitido por el Servicio de Salud Pública de la misma indica la necesidad de prorrogar las medidas especiales adoptadas en la resolución del 18 de septiembre de 2020 desde el punto de vista epidemiológico.

Durante la semana nº 40 (del 28 de septiembre al 4 de octubre) se han declarado en el municipio 71 casos de Covid-19 lo que supone una incidencia semanal de 464, 93 por 100.000 habitantes, y durante la semana nº 41 ( Del 5 al 11 de octubre) se han declarado un total de 42 casos de Covid-19 en el municipio, lo que supone una tasa de incidencia semanal de 275,03 por 100.000 habitantes.

Sin embargo durante las semanas 40 y 41 se han declarado en el municipio un total de 113 casos de Covid-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada durante los últimos 14 días de 739,96 por 100.000 habitantes.

La razón de las tasas de incidencia entre las semanas 40 y 41 es de 0,59 lo que indicaría una tendencia a la reducción de contagios, pero en un escenario, aún, de elevada incidencia.

Los datos recabados en Tarancón indican que el municipio se encuentra en un nivel de riesgo alto, lo que exige el mantenimiento de las medidas de nivel II durante al menos dos semanas más, recordamos las medidas que seguirán por tanto en vigor en la localidad:

Continuará el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Asimismo, la supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Asimismo, se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y a la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

Se recomienda la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Asimismo, la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, …) y la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.

Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos.

Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

Se procede al cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad.

Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

Se procede al cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.

20201015_Otros_RESOLUCION_SEGUNDA_PRORROGA_TARANCON (2)