Salvo excepciones, que las hay, las profesionales de los Servicios Sociales han conocido y conocen las leyes que regulan su quehacer diario y que les afectan directamente, cuando han tenido que preparar oposiciones. No nos engañemos. Esa es la cotidiana realidad.
Si a eso añadimos que la primera ley de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha ( así se llamaba ) es del año 86 , la mayoría de las y los Trabajadores Sociales hoy en ejercicio, no tienen de ella ni la mas remota idea. Y es normal.Demasiado lejos y demasiadas Leyes, Decretos, Órdenes, Circulares, planes, programas y notas divulgativas, como para recordar una ley que dejó de estar vigente cuando se publicó la que actualmente está en vigor desde el 30 de junio de 2011, a los seis meses de su publicación.
Sin embargo, permitidme que eche la vista atrás y os cuente algunas cosas de hace cuarenta años, que quizás os interesen.
La Consejería que promovió la redacción y publicación de la ley fue la de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. Curiosamente, 25 años después, la 2ª ley de Servicios Sociales de Castilla –La Mancha fue promovida también por la Consejería de Sanidad y Bienestar Social. Esta vez sin Trabajo y es que, los servicios sociales, como todas sabemos han estado alojados en variadas y diferentes consejerías…
Aquella primera ley vino a ordenar y dar forma en 27 artículos y unas cuantas disposiciones transitorias, a un sistema público inexistente, que nacía con más ganas que ciencia, con toda la ilusión que un nuevo proyecto lleva consigo, con la emoción de poder hacer algo para mejorar las condiciones de vida de los castellano manchegos y que pudiera participar en el desarrollo de una región en la que todo estaba por hacer.
La ley nos dio un lenguaje propio que permitía entendernos entre nosotros y darnos entidad propia ante otros sistemas. Empezamos a hablar de Servicios sociales generales y especializados, de residencias de ancianos y/o minusválidos (así los nombraba la ley) de centros sociales polivalentes, de día, ocupacionales o de acogida e incluso de centros de drogodependientes y alcohólicos, que hasta muchos años después no pasaron a ser parte del sistema público de salud.
Casi en paralelo con la Ley, nació el PRAS, el programa que llevó los servicios sociales generales a toda la región haciendo realidad muchos de los programas que la ley mencionaba.
Y nacieron los Consejos de Servicios Sociales, el regional, los provinciales y los locales, en los que durante muchos años, la Administración daba cuentas a los miembros que los componían (sindicatos, entidades y ONG) de programas, planes y presupuesto.
Fueron años de formación continua y continuada (reglada y no reglada, esa que se adquiere con la práctica diaria, las reuniones y las discusiones con las colegas), de creación de equipamientos y servicios, de aumento paulatino y progresivo de personal, de incorporación de otros profesionales a los incipientes equipos de trabajo, de la implicación de los ayuntamientos grandes a través del Plan Concertado (1989).
Algunas cosas no se hicieron nunca, como el Instituto Castellano Manchego de Servicios Sociales (seguramente “inspirado “en el Inserso que era lo más moderno que conocíamos ) o el mapa de servicios sociales. Y es que a veces la realidad pone freno a las ideas, aunque sin ellas no sea posible avanzar.
Cuando se publicó aquella Ley, yo tenía 35 años, era Jefa de Servicio de Bienestar Social de la Delegación Provincial de Albacete. Asistí a algunas reuniones en Toledo durante la elaboración de la misma y recuerdo que sentía que estábamos haciendo algo importante.
Nines MartÍnez Martínez
Colegiada 13- 006
Una ley para crear derechos
En 1986, un grupo de profesionales con compromiso progresista nos propusimos superar la vieja beneficencia y la asistencia social basada en la caridad, desde la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo del primer Gobierno de Castilla-La Mancha presidido por José Bono.
Nuestro objetivo era construir un marco normativo de Bienestar Social en Castilla-La Mancha donde las personas dejaran de depender de la voluntad ajena y pasaran a ser titulares de derechos subjetivos exigibles por ley. Queríamos crear y consolidar una arquitectura jurídica ambiciosa y con potencialidad de desarrollos reglamentarios posteriores que elevasen la calidad de vida de todos los ciudadanos de la Región, pero muy en particular la de colectivos más frágiles (niños de 0 a 6 años, menores y mujeres más desprotegidos, personas con diferencias y/o discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, drogodependientes y los entonces llamados viejos o ancianos).
Intentábamos asegurar mejoras cualitativas para las personas más vulnerables de la Sociedad. Pasar de la Gracia al Derecho, de la Discrecionalidad a la Responsabilidad Pública, de la Ayuda puntual a las Prestaciones Profesionales, de la Dispersión Institucional a un Sistema organizado, del Asistencialismo reactivo a la Prevención, del Receptor Pasivo al Ciudadano participativo y al establecimiento del Cuarto Pilar de Estado del Bienestar Social Universal y con Presupuestos Públicos.
Para lograrlo, realizamos un riguroso trabajo de documentación y debate. El texto final resultó ambicioso, humanista y garantista. La norma consolidó un sistema integral y descentralizado que otorgó un papel protagonista a los ayuntamientos, promovió la participación ciudadana y combinó la atención primaria con la especializada.
Esta transformación requirió una financiación sólida y continuada. Con uno de los mayores presupuestos del Gobierno autonómico de la época, se impulsaron recursos históricos como el PRAS, el Fondo Regional de Bienestar Social y una red de centros para mayores, menores, personas con discapacidad, centros de atención infantil y colectivos vulnerables.
Gracias a la Ley y al enorme y continuado esfuerzo presupuestario se fueron estableciendo cientos de Centros Sociales Polivalentes (C.S.P.), CAIS, Centros Ocupacionales, Residencias para Mayores…Centros de Salud y Consultorios Locales.
Entre las teorías sociopolíticas de “cerrar pueblos” o “ayudarles a sobrevivir y desarrollarse” triunfó esta segunda y justificó el gran desarrollo inversor en centros y servicios Sociosanitarios para las gentes de Castilla-La Mancha, muy despoblada y abandonada
históricamente y a la que intentamos transformar con atenciones de Calidad de Vida.
Todo este engranaje cobró vida gracias a la enorme responsabilidad y eficacia de los profesionales del Trabajo Social, pilares destacados en esta ingente labor.
A cuarenta años de su confección, y tras su actualización en 2010 por la Ley 14/2010, nos sentimos profundamente orgullosos de aquel esfuerzo.
Con sus lógicas limitaciones, este marco normativo moderno permitió transformar la utopía en realidades concretas, cambiando para siempre la vida de los castellanomanchegos.
Juan José de la Cámara Martínez.
Juan José de la Cámara Martínez (Madrid, 1945) es psicólogo, pedagogo, escritor y político. Fue Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo de Castilla-La Mancha en los años ochenta y eurodiputado entre 1989 y 1994. Tras su jubilación, ha mantenido una intensa actividad cultural, docente y de voluntariado, especialmente vinculada al pensamiento crítico y a Cruz Roja en la provincia de Guadalajara.
Angelina Martínez Martínez (Nines) es trabajadora social y referente histórico de los Servicios Sociales en Castilla-La Mancha. Participó activamente en la construcción del sistema público regional, fue la primera presidenta del Colegio Oficial de Trabajo Social de Castilla-La Mancha y ha desempeñado diversos cargos de responsabilidad en la administración autonómica.

