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El Tribunal Supremo suspende cautelarmente el cierre de un tramo ferroviario entre Tarancón y Utiel

El Tribunal Supremo suspende cautelarmente el cierre de un tramo ferroviario entre Tarancón y Utiel

El alcalde de Tarancón José M. López Carrizo a preguntas de los medios de comunicación ante esta decisión del alto Tribunal, ha declarado que «con esta decisión se paralizan también los proyectos definidos que suponen una inversión de 40 millones de euros, y que también afecta a Tarancón«, en los que se incluían la mejora de los 5 pasos a nivel que atraviesan la localidad, no obstante ha subrayado «respetamos la decisiones judiciales, es una suspensión cautelar, cuando sea ya una resolución definitiva para el cambio de movilidad volveremos a presentar ese proyecto de accesibilidad de los 5 pasos a nivel y adecuar los mismos con una inversión de 600.000€ de Adif, Diputación Provincial y Ayuntamiento«.

Por su parte David Cardeñosa de + Cuenca Ahora EV al que también hemos preguntado al respecto, ha indicado que «aunque no tenemos nada que ver son esa petición de los pueblos al Tribunal Supremo, porque nosotros presentamos recurso en la Audiencia Nacional, lo cierto es que es una victoria de momento porque se ha paralizado el proyecto de eliminación de las vías«.

Recordamos que el Tribunal Supremo (TS) ha acordado suspender de forma cautelar el cierre del tramo ferroviario entre Tarancón (Cuenca) y Utiel (Valencia), recogido en un acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 21 de febrero, accediendo así a lo solicitado por once municipios de la provincia de Cuenca.

Los municipios, pertenecientes a las provincias de Cuenca, Valencia y Madrid, pidieron suspender al entender que, si se ejecutase lo acordado, se causaría un grave perjuicio a los ayuntamientos, de difícil reparación, por cuanto la infraestructura estaría retirada del trazado, impidiendo que en el supuesto de una eventual estimación de la demanda el servicio de tren en la línea suprimida pudiera restablecerse.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal les da la razón al apreciar que la ejecución inmediata provocaría un perjuicio de difícil reparación para sus intereses, si finalmente falla a su favor.

Es claro que la eliminación o supresión de los elementos que conforman la infraestructura dificultaría o haría imposible la reanudación del servicio o exigiría una cuantiosa y excesiva inversión para su restablecimiento”, afirma el alto tribunal.

Destaca, además, que “el mantenimiento de la vía ferroviaria ya instalada no causa un perjuicio a la Administración del Estado y sí lo genera la supresión del trazado de la línea, en el supuesto en el que se estimara el recurso contencioso administrativo deducido”.

El Supremo explica que la principal pretensión de los entes locales en este proceso es que se declare la nulidad de la decisión de cerrar ese tramo en la línea 03-310 Aranjuez-Valencia-Fuente de San Luis línea.